En este Proyecto de Resolución, se precisa que el mencionado formulario será obligatorio y estará disponible en la página web de la DIAN, en forma virtual, para su diligenciamiento, presentación y/o pago electrónico. Cabe aclarar que la declaración solo podrá presentarse virtualmente, utilizando el instrumento de firma autorizado por la entidad.
Puede hacer llegar sus comentarios a través del correo electrónico: This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it., únicamente hasta mañana, viernes 9 de marzo.